La UE multa a Facebook con 110 millones de euros

Por ofrecer información información incorrecta o engañosa acerca de la posibilidad de asociar datos de los usuarios de whatsapp con las cuentas de Facebook

Publicado el 18 May 2017

Whatsapp

La Unión Europea ha anunciado este jueves la imposición de una multa de 110 millones de euros a Facebook por proporcionar información “incorrecta o engañosa” sobre la adquisición de Whatsapp por parte de la red social. La Unión Europea abrió una investigación en 2014 tras sospechar que Facebook podría haber mentido acerca de la imposibilidad de conectar datos de los clientes de Whatsapp con las cuentas de Facebook.

De acuerdo al Ejecutivo comunitario, Facebook mintió al asegurar que no disponía de la tecnología apropiada para asociar de forma automática los número de teléfono con la red social. La Comisión afirma hoy que esa tecnología sí existía y que los empleados de Facebook lo sabían.

Esta infracción no invalida la decisión de autorizar la operación corporativa, que en 2014 valoró el servicio de mensajería de Whatsapp en 19.000 millones de dólares (17.000 millones de euros al cambio actual). Según la Comisión, su decisión de dar luz verde a la compra se basó en otros elementos además de en este.

“La decisión de hoy manda una clara señal a las empresas sobre que deben cumplir con todos los aspectos de las normas de fusiones de la UE, incluyendo la obligación de proporcionar información correcta. Impone una multa proporcionada y disuasoria a Facebook”, señaló en un comunicado la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager.

En virtud del reglamento de concentraciones, la CE puede imponer multas de hasta un 1% del total de la cifra de negocio de las empresas que “de manera deliberada o por negligencia”, dan información inexacta o engañosa a la CE, explicó el Ejecutivo comunitario. Para fijar la cuantía de la multa, la UE tiene en cuenta la naturaleza, la gravedad y la duración de la infracción.

La UE alega que Facebook ha cometido dos infracciones distintas, por un lado aportando información inexacta y engañosa en el formulario de notificación de la concentración, y por otro, en la respuesta a una petición de información por parte de la Comisión. Se trata de la primera vez que la CE adopta la decisión de multar a una empresa por proporcionar información inexacta o engañosa. “La Comisión considera que estas infracciones son graves puesto que le han impedido tener todas las informaciones necesarias para cumplir su tarea de evaluar la operación”, añadió el Ejecutivo en el mismo comunicado.

La UE argumenta que cuando Facebook notificó la adquisición de WhatsApp en 2014, la sociedad informó de que “no estaría en disposición de establecer de manera fiable la correspondencia automática entre los usuarios de Facebook y los de WhatsApp”. Sin embargo, en agosto de 2016, WhatsApp anunció una actualización de sus condiciones y de su política de confidencialidad, incluida la posibilidad de asociar números de teléfono de los usuarios de WhatsApp a sus perfiles de Facebook.

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