El compromiso con la protección de los clientes debe ser una prioridad a la hora de diseñar tecnologías que ayuden a detectar cuando el software que está instalado en los equipos de los usuarios no es original. No es sólo que los fabricantes tengamos el derecho a proteger nuestros productos de aquellos que no tienen el menor respeto a la Propiedad Intelectual de los demás, sino que tenemos el deber de proteger a los consumidores, que muchas veces no son conscientes de que el software que han adquirido y por el que han pagado, no es legal.
Acompañados de otras acciones para favorecer el respeto de la Propiedad Intelectual, como son las campañas de concienciación o las acciones legales, los avances tecnológicos nos permiten proteger a nuestros productos y soluciones desde el interior, y de este modo, garantizar a los usuarios y empresas que el software que están utilizando es original, plenamente funcional, respaldado por el soporte técnico del fabricante y, además permitiéndonos avisar al usuario de cualquier irregularidad.
Las soluciones ofimáticas sufren unos altos índices de piratería, por lo que los fabricantes nos hemos visto abocados a desarrollar tecnologías que nos permitan protegernos de aquellos que no respetan la Propiedad Intelectual y proteger a nuestros clientes de los riesgos en los que les pone el software ilegal. Por ejemplo, en el caso de Microsoft Office 2010 se ha incluido la Plataforma de Protección de Software (Software Protection Platform, SPP), una tecnología que permite notificar a los usuarios finales y empresas el estado de legalidad de su software. La tecnología actúa una vez que el usuario activa el producto, algo imprescindible para que el software funcione correctamente. Esta es la misma tecnología que hemos aplicado con éxito en los Sistemas Operativos desde Windows Vista consiguiendo reducir la piratería en más del 60% en este tipo de productos.
Este tipo de tecnologías que la mayoría de los fabricantes han incorporado a sus software, comprueban si la clave de producto, que debe proporcionar el cliente en el momento instalar el software, está en uso en equipos habilitados por la licencia del software. Si el usuario no ha especificado una clave de producto válida, el software entra en el modo de funcionalidad reducida. De modo que el software se comporta de forma similar a un visor, no puede guardar las modificaciones realizadas en los documentos ni crear documentos nuevos, etcétera.
Por tanto, la puesta en marcha de este tipo de tecnologías “antipiratería” pretende evitar el fraude de quienes copian, distribuyen y venden software sin la correspondencia licencia, la competencia desleal que representa para el resto de distribuidores y tiendas que ofrecen software legal y correctamente licenciado, y proteger a los usuarios de los riegos de utilizar software ilegal.
 
Resguardar a los clientes frente a la piratería debe ser una obligación
El compromiso con la protección de los clientes debe ser una prioridad a la hora de diseñar tecnologías que ayuden a detectar cuando el software que está instalado en los equipos de los usuarios no es original.
Publicado el 20 Dic 2010
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